FENADAJ PREOCUPADA POR OFICIO QUE AMPLÍA COBERTURA DE ATENCIONES SIN RECURSOS ADICIONALES

Según el documento, las CAJs deberán ampliar atenciones por materias judiciales y perfil de usuarios en el macro de las 100 Reglas de Brasilia. Sin embargo, esta nueva carga de trabajo no viene acompañada de recursos, lo que podría terminar de colapsar el sistema ya en crisis, advierten dirigentes.

La Federación de Acceso a la Justicia, FENADAJ, que agrupa a todas las asociaciones de base de las 4 CAJs, advirtió su preocupación por Oficio Ordinario N° 459, del 21 de enero de 2019, emitido por el Ministerio de Justicia en el que se instruye “aplicar las 100 Reglas de Brasilia que tiene como objetivo garantizar las condiciones de acceso efectivo a Ia justicia de las personas en condición de vulnerabilidad, sin discriminación alguna.»

“Si la actual situación en que se encuentran las CAJs a lo largo del país, objetivamente no permiten cumplir con el imperativo legal de acceso a la justicia a quienes no cuentan con recursos para proveérselo por sus medios, menos podríamos ampliar esa cobertura a todas las materias y todas las personas que concurran en busca de asesoría, como pretende la autoridad con este oficio”, enfatizó la Presidenta de la FENADAJ, Claudia Fachinetti.

Las aprensiones de los trabajadores se argumentan en los siguientes puntos:

  • 1.- FINANCIAMIENTO: La ampliación de atención para las personas que cumplen criterios de pobreza requiere necesariamente mejoras y más recursos que los que actualmente disponemos.
  • 2.- LEGALES: Si bien la Constitución Política instruye en su artículo 19 Nº3 la garantía de igualdad de protección de la ley a todos los ciudadanos; el artículo 2° de la Ley 17.995 que creó las CAJRM, CAJBioB io y la CAJVAL precisa como finalidad prestar asistencia jurídica y judicial gratuita a personas de escasos recursos, lo mismo que el articulo 1° de la Ley 18.632, que creó la Cajta, esto no se está cumpliendo porque el Estado no está proveyendo los recursos para ello.
  • 3.- MATERIAS: entregar universalidad de materias implicaría dejar sin efecto las exclusiones que hoy se aplican para efectos de ingresos judiciales, como también proveer del personal y medios para garantizar dicha cobertura. Además de los recursos, se requieren modificaciones legales.
  • 4.- LISTAS DE ESPERA: Hoy el sistema registra importantes listas de espera de hasta de 6 meses.
  • 5.- EXCLUSIONES: el análisis de viabilidad jurídica realizada en   las CAJs gozan de un alto porcentaje de término con sentencias favorables. No aplicar el trabajo profesional como lo sugiere el oficio 459, significaría sobrecargar el sistema, bajar la calidad profesional, aumentar horas de trabajo y eventualmente que nuestros usuarios sean condenados a pagar costas de juicios perdidos.
  • 6.- PÉRDIDA DE PRESTIGIO: frente a los jueces de instancia y ministros de cortes superiores evidentemente se perdería nuestro prestigio al ingresar causas sin viabilidad jurídica y, por tanto, de obtener lo pretendido por nuestros usuarios. 
  • 7.- BARRERA DE ACCESO: El Ministerio de Justicia señala que «la viabilidad jurídica realizada por nuestros profesionales y el doble patrocinio constituyen una barrera de acceso a nuestros servicios». Ello no es cierto, pues la etapa de evaluación jurídica es un trabajo profesional necesario y profundo que da seriedad a nuestro trabajo y resultados, tal como lo destacó públicamente el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Hernán Larraín, el 29 de julio pasado.
  • 8.- COBRO DE HONORARIOS:  Creemos que esta labor debe ser asumida por los Departamentos Jurídicos de todas las CAJs, por constituir el cobro de honorarios y costas un ingreso para las mismas.
  • 9.- MATERIA LABORAL: la asesoría para los trabajadores ya es gratuita desde Ia implementación de la Reforma Procesal Laboral hace una década, mientras que el cobro de las costas a las que se condena a empleadores require proveer de receptores, vehículos para retiro de especies, recursos para pago de bodega, martilleros y otros.

En este marco, es que la FENADAJ solicita a la autoridad para cumplir con los lineamientos técnicos contemplados en el Oficio Nº 459 lo siguiente:

  • 1.- Gestione recursos necesarios. De otra manera no es posible concretar, de  manera efectiva y pragmática, el acceso a la justicia.
  • 2.- Mejorar las condiciones de nuestras instituciones, las que a la fecha carecen de la asignación de recursos directos por Ley de Presupuesto.
  • 3.- Proveer los reemplazos de ausencias por licencias médicas y los cargos vacantes.
  • 4.- Actualizar el presupuesto asignado a las CAJs que no ha experimentado incremento a parte de los relacionados a la implementación de la Reforma Procesal Laboral y el «Programa Mi Abogado», esto a  pesar de haberse incrementado el  número de atenciones.
  • 5.- Voluntad real de la autoridad para garantizar con responsabilidad el acceso a Ia justicia de los más necesitados.
  • 6.- Ser escuchados por la mesa que está analizando este tema, la que no ha convocado a los representantes de las/os funcionarias/os de la FENADAJ.
LEA EL DOCUMENTO ANÁLISIS ENVIADO POR LA FENADAJ AL MINISTERIO DE JUSTICIA:
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